Cartilla Militar

Cartilla Militar (6)

El próximo 24 de noviembre del año en curso a las 9:00 a.m., se realizará el Sorteo Clase 1995, anticipados y remisos del Servicio Militar Nacional, en el Estadio Ignacio Zaragoza, ubicado en calle 6 Norte y Calzada de los Fuertes s/n de la colonia Xanenetla...

Para mayor información comunícate al teléfono: 309 46 00 Ext. 6844


 


 

Que el próximo 11 de febrero del año en curso se iniciara con la entrega de las fichas requisitorias para la obtención de la Cartilla del Servicio Militar Clase 1995, de forma física en el Polideportivo Xonaca II hasta el 22 de febrero de 6 de la mañana a 2 de la tarde y posteriormente concluido el periodo en el polideportivo, la entrega será todos los viernes restantes hasta 4 de octubre del presente año en las oficinas de la Junta Municipal de Reclutamiento ubicada en la 4 poniente 148 altos, Colonia Centro y através de esta página hasta el 14 de octubre del año en curso. 

Consulta los requisitos aquí

  • 35 fichas a entregar por dia 

 

  Lunes Martes Miercoles Jueves

Marzo

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Abril

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Mayo

 

 

 

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Junio

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Julio

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Agosto

 

 

 

1

5

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8

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Septiembre

2

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Octubre

 

1

2

3

7

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9

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15

 

 

 

Direccion de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación

3 poniente 116, 2do piso colonia Centro

Telefono 309 46 00 ext. 6884


 

Departamento de la Junta Municipal de Reclutamiento

4 poniente, No 148 altos, colonia Centro

Telefono 309 50 00 ext. 113


 

Es un documento oficial Nacional expedido por la Secretaria de Defensa Nacional (SEDENA), el cual nos identifica a los varones mexicanos, avalando el cumplimiento y deber de nuestras obligaciones militares.

Facultades de la Junta de Reclutamiento

Las Juntas Municipales de Reclutamiento, tendrán a su cargo principalmente el empadronamiento de todos los individuos de edad militar y el reconocimiento médico, recibir todas las reclamaciones y solicitudes, turnándolas con un informe a la Oficina de Reclutamiento de Sector; una vez recibidas las listas aprobadas de la Oficina de Zona, mandarlas publicar y proceder a hacer el sorteo dando a conocer a los interesados su designación, obligaciones y delitos y faltas en que incurren por actos contrarios u omisiones a esta Ley y su Reglamento.

Una vez verificado lo anterior, reunirá y presentará a las autoridades militares encargadas de recibir a los conscriptos en el lugar, día y hora que se designe y finalmente, hará cumplir las disposiciones de la Ley del Sistema Militar Nacional y su Reglamento (sic) a los individuos que no vayan a prestar servicios en el activo.

Las Juntas Municipales de Reclutamiento, quedarán constituidas por el Presidente Municipal, un regidor y tres vecinos caracterizados nombrados por el Jefe del Sector.

 

Sorteo de la Junta de Reclutamiento

Los sorteos serán públicos, verificándose en presencia de los inspectores militares que en cada caso se nombren; una vez reunida para el sorteo la Junta Municipal de Reclutamiento hará comparecer a todos los individuos que aparezcan en las listas respectivas, por sí o por su representante legítimo cuando haya causa justificada para la no presencia.

Reunidos los interesados, la Junta les hará saber el derecho que les asiste para nombrar de entre ellos mismos, tres representantes durante el acto del sorteo, con el único objeto de garantizar la legalidad del mismo. Nombrados los representantes del contingente para la operación del sorteo, éste se llevará a cabo en la forma siguiente: a cada uno de los miembros de la Junta Municipal de Reclutamiento y a cada uno de los tres representantes del contingente, se les proporcionará una lista del personal a sortear; en una ánfora cubierta se pondrán tantas bolas de color como conscriptos se hayan asignado a esa región, más un veinte por ciento; el resto hasta llegar el número de los participantes se completará con bolas blancas.

Acto seguido el presidente de la Junta irá nombrando de la lista los enlistados y simultáneamente un menor de diez años sacará una bola del ánfora, formándose en seguida las listas de conscriptos que se notificará a los presentes.

Bola Blanca
Realizan Servicio
Bola Negra No Realizan Servicio

 

 

Obtener una ficha para el inicio del trámite de la cartilla del servicio militar nacional, la ficha contendrá el día, el horario y lugar a que se deberá presentar la documentación para el trámite

 
 

Acudir en la fecha indicada a la Junta Municipal de Reclutamiento para entregar la documentación requerida por el artículo 24 de la Ley del Servicio Militar Nacional, para realizar el trámite de entrega de la cartilla del servicio militar nacional.

 
 

Acudir a la Junta Municipal de Reclutamiento para recibir la cartilla no liberada.

 
 

En el mes de noviembre se realiza el sorteo del servicio militar nacional con aquellos conscriptos, inscritos durante el año.

 
 

Entrega de resultados del sorteo por la junta municipal de reclutamiento

 
 

Entrega de cartillas no liberadas a la zona militar

 
 

Entrega de la cartilla liberadas por la zona militar

 

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Servicio Militar Nacional y su Reglamento que señala:

En la República es obligatorio y de orden público el servicio militar para todos los mexicanos, quienes lo prestarán en el Ejército o en la Armada Nacionales como soldados, clases u oficiales, de acuerdo con capacidades, aptitudes y necesidades del servicio.
El Servicio Militar constituye un timbre de honor, para todos los mexicanos aptos, quienes están obligados a salvaguardar la soberanía nacional, las instituciones, la patria y sus intereses; tratar de eludirlo por cualquier medio implica una falta de sentido de la responsabilidad que deben tener como mexicanos y un motivo de indignidad ante los mas elementales deberes contraídos con la nación.
Los mexicanos no exceptuados del servicio tienen obligación de prestarlo personalmente, sin que exista en ningún caso y por ningún motivo la posibilidad de excluirse mediante pago, reemplazo o sustitución. 

Beneficio


De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Servicio Militar Nacional en su artículo 151, refiere que todos los mexicanos en edad militar recibirán una tarjeta de identificación en la que consten sus generales, huellas digitales, clase a que pertenezcan y si han cumplido con el servicio de las armas o si están excluidos o aplazados. 

De acuerdo a los artículos 19 y 20 de la Ley del Servicio Militar Nacional deberan exigir


Los patrones, sindicatos, uniones, comisariados ejidales, padres, tutores y además toda persona moral o física de quienes dependan económicamente individuos con obligaciones militares, deberán exigirles que cumplan con éstas y, en su defecto, inscribirlos y presentarlos ante las juntas municipales de reclutamiento.
Los funcionarios y empleados de la federación, de los estados y de los municipios, deberán verificar que todos los mexicanos que ante ellos comparezcan para la tramitación de los asuntos de su competencia, hayan cumplido con las obligaciones que les impone esta ley.
En caso de que no puedan acreditarlo, deberán consignarlos a las autoridades correspondientes.