Obligaciones de Transparencia
 

Aviso Importante:

Se informa que el contenido de este apartado de Transparencia se encuentra en proceso de armonización conforme a lo requerido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, así como lo requerido en los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia; por lo que en algunas fracciones se muestra la información hasta el cierre del ejercicio 2016, misma que también se encuentra en constante actualización para el cumplimiento de dicha armonización.

Así mismo y con fundamento en el Acuerdo por el cual se aprueba la modificación del plazo para que los sujetos obligados de los ámbitos Federal, Estatal y Municipal incorporen a sus portales de Internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia, la información a la que se refieren el Título Quinto y la Fracción IV del Artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la aprobación de la definición de la fecha a partir de la cual podrá presentarse la denuncia por la falta de publicación de las obligaciones de transparencia, a la que se refiere el Capítulo VII y Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la información de las Obligaciones de Transparencia del ejercicio 2017 se encuentra en proceso de armonización y se tiene como nuevo plazo el 4 de mayo 2017 para la consulta al público en general.



Artículos 11 y 17

Última revisión: 08-marzo-2017

Conforme al artículo 26 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla: Sujetos Obligados a los que les son Aplicables los Rubros de Información Pública

Conforme al Artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla que a la letra dice: "Los Sujetos Obligados designarán, a través de sus respectivos titulares, dentro de su estructura administrativa y mediante acuerdo, a la Unidad que coordine las acciones para el cumplimiento de esta Ley. Las Unidades de Acceso se integrarán por un Titular, un Secretario y un Vocal, quienes preferentemente deberán tener un nivel superior al de jefe de departamento o similar"; se publican los Acuerdos emitidos por los titulares de las Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Municipal para integrar las Unidades de Acceso a la Información.

Acuerdo de Cabildo por el que se crea la Coordinación General de Transparencia (83.97 kB)

De acuerdo con el artículo 11 de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los Sujetos Obligados deberán publicar y difundir en sus sitios web o en los medios disponibles, la información siguiente:

I Marco normativo aplicable XIII Concesiones, permisos, autorizaciones y arrendamientos
II Estructura Orgánica XIV Informes por disposiciones legales
III Funciones, objetivos y actividades relevantes XV Trámites y Servicios
IV Directorio de Servidores Públicos y Unidades Administrativas de Acceso a la Información XVI Programas de apoyo y mecanismos de participación ciudadana
V Síntesis curricular de las personas que ocupan los primeros niveles jerárquicos XVII Programas de trabajo anual
VI Remuneración mensual de todos los niveles jerárquicos XVIII Procedimientos de adjudicación, incluyendo convocatorias
VII Presupuesto asignado a comunicación social XIX Avances de obras contratadas
VIII Información financiera XX Padrón de proveedores y contratistas
IX Calendarización, minutas y actas de reuniones de organos colegiados XXI Indicadores de gestión
X Instrumentos archivísticos y documentales XXII Los trámites, requisitos y formatos de solicitud de información
XI Auditorías realizadas XXIII Preguntas frecuentes formuladas a los Sujetos Obligados
XII Convenios administrativos, de coordinación y colaboración XXIV Información relevante y de interés público

Además de lo señalado en el artículo 11, de acuerdo al artículo 17 los Ayuntamientos deben publicar en sus sitios web la información siguiente:

I Cantidades recibidas por concepto de recursos propios IV Actas de Cabildo
II Indicadores de los servicios públicos que presten V Ejecución de las aportaciones federales y locales
III Actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar VI Planes Municipales de Desarrollo

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