l Tomo DLXXX No. 13 México, D.F.,jueves17 de enero de 2002 CONTENIDO , Secretaría de Gobernación Secretaria de Relaciones Exteriores Secretaría de HacieluJay Crédito Público Secretaría de Desarrolto Social Secretaría de ,Energía Secretarí~ de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rura), Pesca y Alimentación Secretaría de Contraloría y Desarrollo..Administrativo Comisió~ Federal de Competencia ' Banco de México Convocatorias para Concu,rsos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios. del Sector Público , Avisos , Indice en .pagina94 $11.50 EJEMPLAR Jueves [7 de enero de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ARTICULO UNICO.-Se aprueba el PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACION DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el veinticinco de mayo de dos mil, con la siguiente: DECLARACION INTERPRETA TIVA El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 2000 considera que la responsabilidad que pueda derivar para los grupos armados no gubernamentales por el reclutamiento de menores de 18 años de edad o su utilización en hostilidades, corresponde exclusivamente a dichos grupos y no será aplicable al Estado mexicano como tal, el que tendrá la obligación de aplicar; en todo momento, los principios que rigen. al derecho internacional humanitario. México, D.F., a 11 de diciembre de 2001.-Seno Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente.-Sen.' Yolanda E. González Hernández, Secretaria.-Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de enero de dos mil dos-Vicente Fox Quesada.-Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Retiro Parcial de las Declaraciones Interpretativas y de la Reserva que el Gobierno de México formuló al párrafo 3 del artículo 12 y al párrafo 2 del artículo 23 respectivamente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al proceder al depósitó de su instrumento de adhesión el veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta y uno, Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la República. VICENTE FaX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme 'el siguiente DECRETO "LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLlTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,DE C RET A: ~. ARTICULO UNICO.-Se aprueba el RETIRO PARCIAL DE LAS DECLARACIONES INTERPRETATIVAS y DE LA RESERVA QUE EL GOBIERNO DE MEXICO FORMULO AL PARRAFO 3 DEL ARTICULO 12 Y AL PARRAFO 2 DEL ARTICULO 23 RESPECTIVAMENTE DE LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, al proceder al depósito de su instrumento de adhesión el veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta y uno. México, D.F., a 10 de diciembre de 2001.-Seno Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente.-Seno Ma. Lucero Saldaña Pérez, Secretaria.-Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Políticí) de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decr~to en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de enero de dos mil dos.-Vicente Fox Quesada.-' Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.Rúbrica.